A pesar de contar con algunos acuerdos, las políticas para combatir el crimen en varios casos resultan controversiales, pero más aún cuando se trata de la delincuencia juvenil. Distintos argumentos priorizan diferentes cuestiones. Estas radican en defender al resto de la sociedad civil, castigando a aquellos menores que cometan crímenes de igual modo que a cualquier mayor, y por otra parte que no se los juzgue con la misma vara para no restringir sus oportunidades en el futuro, argumentando la irresponsabilidad propia de la edad. La discusión política en este tema, donde la ética tiene lugar, está a la orden del día. Aquí expondremos un análisis económico de esta situación basado en los modelos económicos del crimen iniciados por el premio Nobel Gary Becker pocas décadas atrás.
Suponiendo “racionalidad” de los potenciales delincuentes, algo que parece natural a la hora de realizar una actividad económica, éstos evalúan los beneficios y los costos de realizar una acción ilegal. El botín siendo los beneficios esperados, en general cuanto más grave el delito, más grande el premio; la pena esperada por infringir la ley siendo los costos. La palabra “esperados” aparece por la incertidumbre que supone la actividad. Luego, comparan esta ganancia con la que obtendrían de desarrollar una actividad legal, esto último es el “costo de oportunidad” de delinquir, que puede reflejarse en parte por el salario de trabajos poco calificados, tomando en cuenta la posibilidad de conseguirlo (dada por la tasa de desocupación).
En resumen, el comportamiento de un posible delincuente, está determinado por la probabilidad de ser descubierto, la probabilidad de ser juzgado al ser atrapado, la sentencia a cumplir dado que fue a juicio y el salario del sector formal. Al ser más grandes cualquiera de estas variables, el costo de la ilegalidad es mayor, lo que desincentiva el crimen a costa del trabajo legal (incluyendo la informalidad, con presencia fuerte en trabajos de productividad baja).
Trasladando este análisis a las decisiones de potenciales infractores menores de edad, las mismas variables son relevantes, sólo el costo de oportunidad se modifica. Aquí, éste pasa a ser adquirir capital humano (y social) en la escuela con el fin de aumentar los ingresos futuros. Cuánto más alto el costo de delinquir o mejores oportunidades de desarrollo brinde la escuela, el crimen juvenil se ve desincentivado.
En Argentina, la edad de imputabilidad es de 18 años, mientras que en los países con mayor relación cultural con el nuestro es significativamente menor. Es decir, que para los menores de esta edad en Argentina, el costo del delito es demasiado bajo. Esto se da vía las variables: probabilidad de ser juzgado y pena esperada luego del juicio; estas son muy pequeñas con la legislación actual (donde dependiendo el delito, el victimario, a disposición del juez, será enviado a un instituto de rehabilitación o quedará en libertad). Luego, existen incentivos para que menores, ya sea por iniciativa propia o solo como autores materiales de crímenes organizados por otros abusando de su situación, infrinjan la ley.
Una vez presentado el escenario, la modificación de le edad de imputabilidad es requerida para bajar los niveles de delitos de los menores. Esta decisión, por el mecanicismo analizado, los alentaría a pasar al “sector formal”; en su caso, la escuela (acá aparece también la necesidad de erradicar el trabajo infantil). Las penas impuestas deberán ser discriminadas al tratarse de este sector de la sociedad y deberían corresponderse con la “Declaración Internacional de los Derechos del Niño”.
Por otra parte, esta sería una política eficiente desde el punto de vista económico, ya que prácticamente no es necesario aumentar los recursos destinados a combatir el crimen. Estos son destinados mayormente a la probabilidad de descubrir un delito, que viene dada por la cantidad y la eficiencia de los policías, y este no es el problema en este análisis, ya que la probabilidad es la misma para atrapar tanto a adultos como a jóvenes. La diferencia solo viene dada por la pena impuesta.
En conclusión, políticas que velen por el desarrollo de los chicos, en particular la escolaridad, deben ser acompañadas por un aumento en el costo de delinquir para estos. Así, la asignación universal por hijo, que también analizaremos en una futura entrada, necesita de la disminución de la edad de imputabilidad; una política barata para desalentar el crimen y alentar el capital humano.
Suponiendo “racionalidad” de los potenciales delincuentes, algo que parece natural a la hora de realizar una actividad económica, éstos evalúan los beneficios y los costos de realizar una acción ilegal. El botín siendo los beneficios esperados, en general cuanto más grave el delito, más grande el premio; la pena esperada por infringir la ley siendo los costos. La palabra “esperados” aparece por la incertidumbre que supone la actividad. Luego, comparan esta ganancia con la que obtendrían de desarrollar una actividad legal, esto último es el “costo de oportunidad” de delinquir, que puede reflejarse en parte por el salario de trabajos poco calificados, tomando en cuenta la posibilidad de conseguirlo (dada por la tasa de desocupación).
En resumen, el comportamiento de un posible delincuente, está determinado por la probabilidad de ser descubierto, la probabilidad de ser juzgado al ser atrapado, la sentencia a cumplir dado que fue a juicio y el salario del sector formal. Al ser más grandes cualquiera de estas variables, el costo de la ilegalidad es mayor, lo que desincentiva el crimen a costa del trabajo legal (incluyendo la informalidad, con presencia fuerte en trabajos de productividad baja).
Trasladando este análisis a las decisiones de potenciales infractores menores de edad, las mismas variables son relevantes, sólo el costo de oportunidad se modifica. Aquí, éste pasa a ser adquirir capital humano (y social) en la escuela con el fin de aumentar los ingresos futuros. Cuánto más alto el costo de delinquir o mejores oportunidades de desarrollo brinde la escuela, el crimen juvenil se ve desincentivado.
En Argentina, la edad de imputabilidad es de 18 años, mientras que en los países con mayor relación cultural con el nuestro es significativamente menor. Es decir, que para los menores de esta edad en Argentina, el costo del delito es demasiado bajo. Esto se da vía las variables: probabilidad de ser juzgado y pena esperada luego del juicio; estas son muy pequeñas con la legislación actual (donde dependiendo el delito, el victimario, a disposición del juez, será enviado a un instituto de rehabilitación o quedará en libertad). Luego, existen incentivos para que menores, ya sea por iniciativa propia o solo como autores materiales de crímenes organizados por otros abusando de su situación, infrinjan la ley.
Una vez presentado el escenario, la modificación de le edad de imputabilidad es requerida para bajar los niveles de delitos de los menores. Esta decisión, por el mecanicismo analizado, los alentaría a pasar al “sector formal”; en su caso, la escuela (acá aparece también la necesidad de erradicar el trabajo infantil). Las penas impuestas deberán ser discriminadas al tratarse de este sector de la sociedad y deberían corresponderse con la “Declaración Internacional de los Derechos del Niño”.
Por otra parte, esta sería una política eficiente desde el punto de vista económico, ya que prácticamente no es necesario aumentar los recursos destinados a combatir el crimen. Estos son destinados mayormente a la probabilidad de descubrir un delito, que viene dada por la cantidad y la eficiencia de los policías, y este no es el problema en este análisis, ya que la probabilidad es la misma para atrapar tanto a adultos como a jóvenes. La diferencia solo viene dada por la pena impuesta.
En conclusión, políticas que velen por el desarrollo de los chicos, en particular la escolaridad, deben ser acompañadas por un aumento en el costo de delinquir para estos. Así, la asignación universal por hijo, que también analizaremos en una futura entrada, necesita de la disminución de la edad de imputabilidad; una política barata para desalentar el crimen y alentar el capital humano.
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